La respuesta corta
Si alquilas a huéspedes en España, comunicas los datos de cada uno al Estado en las 24 horas siguientes al check-in. Es un registro con fines de seguridad ciudadana —no un impuesto— que los hoteles llevan desde hace décadas; lo nuevo es que ahora es totalmente digital y abarca con claridad a los propietarios de viviendas vacacionales. No es opcional para los pequeños anfitriones.
El marco legal
La obligación viene de más atrás de lo que se cree: el viejo libro registro en papel arranca con un decreto de 1959. Las normas actuales son dos:
- Ley Orgánica 4/2015 — la ley de seguridad ciudadana que habilita el registro de huéspedes (arts. 25–27).
- Real Decreto 933/2021 — el decreto que fija los datos, los plazos y el sistema electrónico. BOE núm. 258, 28 de octubre de 2021.
El porqué está en la ley de 2015 y el cómo en el decreto de 2021. Las sanciones también salen de la ley de 2015 — ver Sanciones.
Qué cambió a finales de 2024
Tras dos prórrogas, el RD 933/2021 pasó a ser plenamente exigible el 2 de diciembre de 2024 — la fecha en que se apagaron el libro de papel y el antiguo portal policial, dejando un único sistema electrónico para casi toda España. Las inspecciones y los procedimientos sancionadores empezaron en 2025.
Para qué sirve
El decreto declara dos fines: la seguridad pública (un registro a disposición de las fuerzas de seguridad) y la modernización (sustituir el papel de 1959). No es vigilancia sobre ti: es un registro rutinario que ahora vive en una base de datos en lugar de en un libro.
A quién obliga
Hoteles, hostales y pensiones, pero también pisos turísticos (VUT, VFT, VV según la comunidad), casas rurales, campings y refugios. Las plataformas comunican sus reservas por separado. Si cobras por las estancias, estás dentro; que además debas conservar el registro tres años depende de si eres anfitrión profesional u ocasional.
Stay Comply de Tourist Tax Manager
Cuando ya sabes que te aplica, el trabajo son los datos. Construimos Stay Comply para recoger los de cada huésped y generar el fichero conforme. La subida la haces tú, con tu propia identidad digital.
Ver cómo funcionaFuentes
- Real Decreto 933/2021 — el decreto y la lista de campos del Anexo I. boe.es
- Ley Orgánica 4/2015 — la ley de seguridad ciudadana. boe.es
- SES.Hospedajes — la plataforma estatal desde diciembre de 2024. sede.mir.gob.es